Calculadora Renta 4ta Categoría 2026

Calcula el impuesto a la renta de tus recibos por honorarios, la retención del 8% y el saldo a regularizar.

Ingresa tus ingresos

Calcula el impuesto a la renta de 4ta categoría (honorarios).

UIT 2026: S/ 5,350 vigente
S/

Suma de todos tus recibos por honorarios del año.

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Cómo se calcula la renta de 4ta

Renta Bruta = Total honorarios del año

Renta Neta = Renta Bruta - 20% (máx. 24 UIT)

Base Imponible = Renta Neta - 7 UIT

Impuesto = tramos progresivos sobre la Base Imponible

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Preguntas frecuentes

¿Quiénes pagan renta de 4ta categoría?

Los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios: profesionales (médicos, abogados, ingenieros, contadores), consultores, free-lancers, y en general toda persona que brinda servicios sin relación de dependencia.

¿Cuánto es la retención de renta de 4ta categoría?

La retención es del 8.00% sobre el monto del recibo. El que paga los honorarios (el cliente/empresa) retiene el 8% si el recibo supera el umbral mensual.

¿Puedo suspender la retención del 8%?

Sí. Si proyectas que tu renta anual no superará las 7 UIT, puedes solicitar la suspensión de retenciones ante SUNAT a través de SUNAT Virtual. La constancia de suspensión se presenta al pagador para que no te retengan.

¿Cómo declaro la renta de 4ta categoría?

Debes declarar anualmente en la Declaración Anual del Impuesto a la Renta (generalmente en marzo-abril). Si solo tienes renta de 4ta categoría y tus ingresos no superan 7 UIT anuales, estás exonerado de presentar la declaración.

¿Cuál es la deducción del 20%?

Puedes deducir el 20% de tus ingresos brutos de 4ta categoría, con un tope de 24 UIT anuales (S/ 128,400). Esta deducción representa los gastos en que incurres para generar los ingresos.

¿Puedo pedir la devolución del impuesto retenido?

Sí. Si en tu declaración anual resulta que pagaste más de lo que correspondía (por retenciones en exceso), SUNAT te devuelve la diferencia. Puedes solicitarla por SUNAT Virtual o de forma presencial.

Última actualización: enero 2026. Ley del Impuesto a la Renta, SUNAT. Resultados referenciales.